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Jue, 11/03/2010 - 02:50

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Para conducir automóviles

Toda persona que ingresa a España procedente de uno de los Estados miembros o de Suiza, Noruega, Islandia y Lichtenstein necesitará simplemente el carné de conducir en vigor para poder  manejar automóviles en la región. En el caso de otras procedencias el registro de conducir deberá ser internacional.
 
Todo conductor debe haber cumplido los 18 años de edad, para no ser sancionado a bordo de un automóvil en España. Y si desea alquilar un vehículo, la edad límite asciende a los 21 años.
 
Si en cambio prefiere visitar España con su propio vehículo debe presentar la siguiente documentación:
 
Permiso temporal de circulación. Este tiene una validez de seis meses y puede solicitarse en la aduana.
 
Seguro de conducción. Para los ciudadanos de los países de la Unión Europea, sólo se precisa la póliza de seguro y el comprobante de pago que demuestre que está en vigencia.
 
Siempre hay que tener en cuenta que la seguridad vial posee en el territorio normas de cumplimiento obligatorio según la ley española:
 
Los cinturones de seguridad son de uso obligatorio tanto en las plazas delanteras como en las traseras. Respetar esta regla evitará multas y mayores problemas.
 
Los límites de velocidad varían entre los 110 y los 130 km/h en autopistas y autovías, y los 50 a 60 km/h en las carreteras urbanas. Los controles de velocidad son periódicos, por lo que no es aconsejable extralimitarse.
 
No está permitido hablar por teléfonos móviles mientras el conductor está al volante y en movimiento.
 
El índice máximo de alcoholemia permitida es de 0,25 mg/ml.
 
La red de carreteras nacionales españolas autonómicas y provinciales en España es excelente, lo mismo que el sistema de autovías y autopistas. Esto permite desplazarse cómoda y rápidamente por todo el país y están pensadas para unir con facilidad las distintas ciudades. España tiene muchas de estas infraestructuras con el sistema de peaje.
 

Ningún voto

LOS AJUNTOS DE DERECHOS EN ESPAÑA SON PREFERENCIALES EN FUNCION

DE DINERIS Y EL ABOGADO
LOS NINIO COJE LA NACIONALIDAD A LA 16 AÑOS SIN DINEROS Y ABOGADO Y LOS PADRES NO PERO Y AQUE EN MOMENTO QUE O RECLAMA POR LO MENOS 5 AÑOS Y MAS TARDA 4-5AÑOS LOS DE MAS ESTE ABURAAL LA HENTE PROPAGANDADE LA IGLESIA FILO-SCLAVA

Transferencia

Perdonar soy el mismo del problema conel vehículo. Si alguien nos puede ayudar nos puede escribir a la siguiente dirección borbar75@yahoo.es muchísimas gracias de nuevo

Transferencia de vehículos

Soy amigo de una chica alemana en Madrid, ella se ha traído una furgoneta de Alemania y me pregunta si se puede hacer en España la transferencia de propietario de ese vehículo, porque ahora mismo está a nombre de otro ciudadano alemán, aver si nos podéis ayudar. Muchas gracias

Hola,tengo conocimiento de

Hola,tengo conocimiento de este tema ,pues me he traido muchos coches de Alemania .Te dire que si, se puede hacer la transferncia pero si Ella a traido el contrato de compra y venta del auto.Saludos